Artículos prohibidos en nuestro equipaje

Seguro que en alguna u otra ocasión mientras nos revisaban el equipaje en el aeropuerto antes de dirigirnos a nuestro avión nos han echado atrás alguno de los enseres que llevamos en la maleta, ya sea un spray, un frasco de colonia, o una maquinilla; entonces nos hemos resignado y no hemos tenido otra alternativa que esperar a comprar otro igual en nuestro lugar de destino.

Para evitar sorpresas de última hora, es recomendable conocer qué artículos están prohibidos por razones de seguridad en nuestro equipaje. Para ello, deben distinguirse aquellos que están prohibidos transportar en el equipaje de mano, en el equipaje facturado, y los totalmente prohibidos:

Equipaje de mano. Según la normativa de la Unión Europea todos los equipajes de mano de los pasajeros en espera en la zona de embarque deben ser inspeccionados antes de acceder al avión, inspeccionándose de forma separada del resto del equipaje los ordenadores personales y/o aparatos electrónicos grandes, que deben enseñarse fuera de su funda. Además, los pasajeros deben ser inspeccionados al pasar bajo los arcos detectores de metales y demás aparatos detectores. No pueden introducirse ni llevar en el equipaje de mano:

  • Líquidos. Sólo se permiten dentro de una bolsa de plástico transparente de    20×20 cm, y en envases individuales no superiores a 100 ml. Sólo una bolsa por persona.
  • Armas de fuego, objetos punzantes e instrumentos contundentes. Cualquier objeto que pueda provocar lesiones.
  • Sustancias explosivas e inflamables. Cualquier sustancia de estas características que pueda suponer un riesgo para la salud de los pasajeros y seguridad del avión y de los bienes.
  • Sustancias químicas y tóxicas. Cualquier sustancia peligrosa como ácidos, venenos o aparatos extintores.
  • Medidas complementarias. Las autoridades competentes pueden prohibir otros artículos distintos sobre los que se tengan sospechas en materia de seguridad.

Equipaje facturado. Los objetos que están prohibidos transportar en el equipaje de bodega del avión son:

  • Explosivos
  • Gases (incluidos propano y butano)
  • Líquidos inflamables (incluidos gasolina y metanol)
  • Sólidos inflamables y sustancias reactivas (como magnesio y encendedores)
  • Sustancias tóxicas o infecciosas (como raticidas)
  • Material radioactivo
  • Corrosivos
  • Piezas del circuito de combustible de un automóvil que hayan contenido combustible
  • Medidas complementarias

Artículos prohibidos. Durante el vuelo, las variaciones de temperatura y presión pueden causar escapes de líquidos o ignición de algunos artículos. Los objetos que no pueden llevarse ni a bordo del avión ni como equipaje facturado son:

  • Explosivos
  • Gases (como propano o butano)
  • Líquidos inflamables (disolventes, cargas para encendedores, pinturas, etc.)
  • Sólidos inflamables y sustancias reactivas (magnesio, fósforos, encendedores, etc.)
  • Oxidantes y peróxidos orgánicos (lejías y abrasivos)
  • Sustancias tóxicas o infecciosas
  • Corrosivos
  • Piezas de un motor que hayan contenido combustible

Sólo en circunstancias excepcionales un pasajero podrá llevar consigo algún artículo prohibido a condición de que se haya informado con anterioridad al departamento de seguridad del aeropuerto de salida y éste haya autorizado el transporte, así como el comandante del vuelo haya sido también informado acerca del pasajero y del artículo prohibido que transporta.

De esta forma, conociendo la normativa y una vez hecha la maleta, podremos disfrutar de un viaje sin sorpresas de última hora. ¡Feliz vuelo, feliz viaje!

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